Comité bipartito capacitación
Para conformar un comité bipartito de capacitación:
Según lo establecido en las Bases Administrativas y Técnicas de Licitación Pública para el Programa de Becas Laborales de Capacitación contenidas en las resoluc...
Leer másOtic Promaule se crea con la finalidad de ser un aporte real al desarrollo de la región del Maule, a través de la creación de valor para nuestros asociados por medio de la gestión de la capacitación a los trabajadores de las empresas.
Leer másAportes para financiar las actividades de capacitación de las empresas afiliadas.
Remanentes de los aportes y no gastarlos al tercer año de efectuado el aporte.
Aportes que las empresas destinen a los procesos de evaluación y certificación.
Nuestros servicios se basan en la experiencia que posee la Otic Promaule de casi 30 años, como así mismo, de toda nuestra infraestructura física y tecnológica.
Somos un organismo intermedio de capacitación, creado como una Corporación Regional de derecho privada sin fines de lucro, reconocida por el Sence, creada bajo las disposiciones de la ley 19.518 del ministerio del trabajo y seguridad social y que cuenta con el respaldo de Asicent (Asociación de Industriales del Centro) www.asicent.cl.
El Otic Promaule se crea con la finalidad de ser un aporte real al desarrollo de la región del Maule, a través de la creación de valor para nuestros asociados por medio de la capacitación.
Leer MásPara conformar un comité bipartito de capacitación:
El Comité Bipartito de Capacitación es un organismo formado por los trabajadores y representantes de la institución, con el objetivo de promover el desarrollo de las competencias laborales de los trabajadores, a fin de contribuir a un adecuado nivel de empleo, mejorar la productividad de los trabajadores e instituciones, y la calidad de los procesos y productos.
Obligatorio para empresas de 15 o más trabajadores.
Permite aumentar el valor por hora un 20%, a través de un plan aprobado de capacitación por parte del Sence más comité bipartito de capacitación.
Lo componen 3 representantes nombrados por la empresa y 3 representantes de los trabajadores.
La administración de los recursos de capacitación con que cuentan nuestros clientes es nuestro principal servicio, razón por la cual nos encargamos de maximizar su uso a través de las herramientas que hemos estructurado para tal fin, entre ellas mencionamos las siguientes:
•Conformación Comité Bipartito de capacitación. •Diagnóstico de necesidades de Capacitación (DNC). •Búsqueda de Proveedores de capacitación – OTEC.
•Realizamos ante Sence los procesos de: Inscripción, Supervisión, liquidación, facturación y pago de cursos. •Certificación de Aportes.
Nuestro equipo esta atento a despejar todas las inquietudes.
Estos indicadores de gestión son un reflejo de nuestra labor.
Algunas reseñas de clientes
"Lo más que valoro de Promaule es su apoyo en cada proceso que se requiere respuestas rápidas y además la amabilidad. Orientación al cliente, transparencia, resolución de problemas y claridad a la hora de transmitir información."
"Frente a nuevos requerimientos existe disponibilidad de evaluar y ofrecer las mejores alternativas. Además de tener orientación de servicio al cliente y responder de manera efectiva y oportuna a nuestros requerimientos; Compromiso y Responsabilidad."
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 de la ley 19.518, es obligatorio para las empresas que tengan una dotación igual o superior a 15 trabajadores, constituir un comité bipartito de capacitación, el cual tendrá por funciones acordar y evaluar el o los programas de capacitación ocupacional de la empresa, así como asesorar a la dirección de la misma en materias de capacitación. De esta manera, la ley establece dos funciones que le corresponden al comité bipartito de capacitación, por una parte, acordar el o los programas de capacitación ocupacional de la empresa y, en segundo término, evaluarlos.
La Franquicia Tributaria es un incentivo tributario que se otorga a las empresas contribuyentes de Primera Categoría. Consiste en la posibilidad de descontar del impuesto a la renta que se paga anualmente, hasta el 1% de la planilla anual de remuneraciones de trabajadores, extrabajadores y potenciales trabajadores (de acuerdo a los alcances, límites y montos que establece la Ley 19.518), por gastos incurridos en acciones de capacitación autorizadas por Sence.
Los Organismos Técnicos Intermedios para Capacitación (OTIC) son actores del sistema de capacitación validados por Sence, que a través de Franquicia Tributaria otorgan apoyo técnico a sus empresas adherentes en la promoción, organización y supervisión de programas de capacitación ocupacional, no pudiendo ellos impartir directamente acciones de capacitación. Los OTIC son el nexo entre las empresas afiliadas, el Sence, los Organismos Técnicos de Capacitación, (OTEC) y los Centros Evaluadores. Las empresas podrán adherir libremente a los OTIC y se obligarán a enterar los aportes en dinero que consideren el costo de las actividades de capacitación o los procesos de evaluación y certificación de competencias laborales que hayan solicitado a través del OTIC, y el costo de administración pactado.
La franquiciará el 100% del valor hora SENCE por participante cuando la remuneración bruta, percibida por el trabajador sea de hasta 25 UTM. - Se franquiciará el 50% del valor hora SENCE por participante cuando la remuneración bruta percibida por el trabajador exceda las 25 y no sobrepase las 50 UTM.
Franquicia Preferencial para MYPE Las empresas cuyo 1% de la masa salarial imponible sea inferior a 13 UTM, podrán descontar anualmente hasta esa suma por concepto de capacitación.
1 Sur #690 Oficina 401, Edificio Plaza Talca
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